Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
18/03/2013
· En el marco del día mundial del agua, la CDHDF hace un llamado al cumplimiento del PDHDF en el cual se establece la necesidad de una gestión sustentable y equitativa de los recursos; la disponibilidad – abastecimiento de agua continuo y suficiente; la accesibilidad física a las instalaciones de agua potable y drenaje; la calidad del agua y de los servicios de atención; la accesibilidad económica; y la supervisión y evaluación de servicios explotados o controlados por concesionarios.
La Coalición de Organizaciones Mexicanas por el Derecho al Agua (COMDA) y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, hacen un llamado a proteger el derecho humano al agua en la ciudad. Las personas que habitan y transitan por la capital, y en particular aquellas residentes de zonas con elevados niveles de marginalidad y exclusión, ven afectados uno o varios componentes del derecho humano al agua y al saneamiento, ya sea en términos de la calidad, la disponibilidad, la accesibilidad, la asequibilidad y la gestión equitativa del agua. Igualmente se observa que persiste deficiencia de los mecanismos de exigibilidad y justiciabilidad de este derecho.
Es urgente trabajar en un modelo de gestión sustentable del agua fundamentado en las dinámicas poblaciones de la ciudad, que reconozca y atienda de manera urgente aquellas personas que ven afectado su derecho al agua debido a procesos de gestión que profundizan desigualdades en la cantidad, calidad, costo y frecuencia en el suministro del líquido, en particular entre hombres y mujeres, y entre zonas de altos ingresos y pobres de la ciudad.
En entrevista con la CDHDF representantes de la COMDA[1] señalaron como puntos centrales para lograr la plena vigencia del derecho al agua en la ciudad de México, los siguientes: frenar la sobreexplotación, lograr la distribución equitativa del agua; garantizar tarifas justas y eliminar cobros indebidos; conocer la salud de la cuenca y garantizar calidad en el agua desde las plantas potabilizadoras hasta el consumo final bien sea en el hogar o en fuente pública o comercial y que el agua sea realmente inocua considerando el consumo prolongado y las distintas necesidades y sensibilidades en las diferentes etapas de la vida; garantizar una infraestructura y mecanismos adecuados para el saneamiento; armonizar los marcos normativos locales con la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011 y la del 4º constitucional en materia de derecho al agua y al saneamiento de 2012 y los estándares internacionales; promover una cultura del derecho al agua con la ciudadanía, el sector empresarial y en la función pública y garantizar información veraz, confiable y actualizada en relación al agua como recurso en la ciudad.